miércoles, 1 de octubre de 2008

Matrimonio Homosexual en Costa Rica

Hace alguna horas una de mis compañeras de oficina me pasó un link a un blogg de su hija en el cual estaba tratando de hacer una discusión sobre el Matrimonio Homosexual en Costa Rica, para un trabajo de la Universidad.

De principio me pareció interesante, pero me dió perecilla ponerme a debatir ideas. bueno para no hacerles el cuento largo, hoy que no tenía nada que hacer en la oficina (usualmente paso muy ocupado jaja) entré al blogg a verlo, hay hasta ahorita tres comentarios incluyendo el mio. Pero el primer comentario me pareció tan Falaz y retrógrado, casi como el Papa Mazinger hablando a traves de una chica, que en aras de ojala abrir un poquito los ojos de la gente me animé a escribir.
El resultado final fue algo parecido a esto (palabras mas palabras menos), y me gustó al final entonces decidí incluirlo acá... como no hay restricciones en las babosadas que uno puede poner en el suyo entonces aca le va. ojala les guste, ojala nó, y ojala alguno se le salga un comentario mordaz o de identificado que pueda compartir.

Saludos desde esta nube número 9
Ikaro.-

Sobre el Matrimonio Homosexual en Costa Rica


Primero, creo que concepto de Matrimonio debe reservarse para la institución que a través del tiempo ha sido aceptada y manejada por nuestras sociedades para las personas de orientación heterosexual. Sin embargo, con esto no quiero decir que no es posible concebir una unión legal, de vínculos afectivos y de amor entre dos hombres o dos mujeres.
Creo que cada quien es o debe ser libre de elegir con que persona compartir su vida y vincularse de forma legal, y el Estado como garante de las igualdades debe brindar soporte y amparo legal a este tipo de uniones.
Recordemos que en este punto estamos hablando de un tema meramente legal, que es el reconociendo del mal llamado "matrimonio homosexual", este debe ser más bien concebido como la "unión de parejas del mismo sexo".

Haciendo un pequeño recuento sobre la creación de normas en el derecho, una de las teorías de creación normativa ampliamente aceptada es la que expone que el derecho no es más que un medio de control y reconocimiento de las conductas humanas, es decir, que primero ocurren las conductas humanas y posteriormente el derecho es el que llega a regularlas.

Sobre lo anterior entonces tenemos una base interesante de dónde empezar en el tema de la regulación de la unión de parejas homosexuales, pensar que es antinatural es bastante fuera de lugar en nuestro tiempo siendo que en la dinámica animal encontramos comportamiento homosexuales, y no estamos transgrediendo ninguna ley natural ni alterando ninguna condición humana fundamental de la naturaleza para poder concebir las relaciones o “el amor entre personas del mismo sexo”.

Motivar una “anti-naturalidad” a partir de que no es posible para las parejas homosexuales completar el ciclo reproductivo resulta no solo una concepción retrógrada sino también una falacia bastante mal aplicada, porque en esa línea de pensamiento tampoco tendría sentido que las parejas que no pueden tener hijos o las que deciden no tener hijos continúe juntas, pues el amor no debe ser entendido para la convivencia, el compartir y el crear metas juntos a través de una vida en pareja, sino que este debe ser entendido solamente para crear una vida en pareja que garantice la seguridad y continuidad de la especie, es decir para tener hijos, de acuerdo con dogmas establecidos por antiguas instituciones religiosas y sociales.

Por suerte nuestra sociedad evoluciona y cambia, crece en pensamiento y logra tolerar aquellos que se rezagan en este proceso, pero gracias a ese crecimiento hoy entendemos que las uniones de pareja no solo son concebidas para procrear sino que existe un abanico de posibilidades, experiencias, sentimientos, vínculos, y vivencias que las personas en su condiciones de seres humanos tienen derecho a vivir, y el Estado obligación de garantizar y amparar.

En algún momento el colectivo homosexual utilizó un razonamiento muy acertado en relación a su igualdad con la demás colectividad, similar al que algún día utilizaran las personas de color para lograr su igualdad y abolir la esclavitud en la historia del Sur de los Estados Unidos... "Si me corto también sangro y si me siento triste también lloro, así como ustedes lo hacen"...

Quisiera aprovechar ese razonamiento igualmente pero esta vez dirigido a situaciones a las cuales debe estar dirigida esa protección del Estado sobre las uniones de parejas homosexuales , que son seguros de salud, bienes en herencia o legado, reconocimiento de unión en créditos, asociaciones y pólizas, un esposo o una esposa heterosexual se enfrenta en algún momento de la vida a este tipo de situaciones, una enfermedad de su compañero(a), su eventual muerte, sus derechos sobre derechos económicos de su compañero en vida, etc. Ahora la pregunta es, una pareja homosexual estable no se encuentra exento de estas situaciones posibles? Acaso los homosexuales no se brindan apoyo, no se enferman o no mueren o no quieren compartir con sus parejas su crecimiento económico o no generan ayuda mutua para crecer?

¿Cuál es entonces el argumento de peso, referido a la protección y amparo de los derechos inherentes al matrimonio por el cual la unión de parejas homosexuales no debe ser reconocida?

Mi posición personal es que debe ser reconocida, protegida y amparada por el estado y el derecho de familia.

No hay comentarios: